Adaptación de la Guía de la AEPD sobre Cookies a las directrices europeas: cambios y consideraciones

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha renovado su Guía sobre el empleo de cookies, adecuándola a las Directrices 03/2022 sobre patrones engañosos emitidas por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD). Esta actualización se integra en el esfuerzo por mejorar la transparencia y el control del usuario sobre la información que comparte en el ámbito online.

Un Esfuerzo Conjunto: La AEPD, en su empeño por garantizar una adaptación óptima, ha trabajado de la mano con diversos sectores afectados, entre ellos asociaciones de renombre como ADIGITAL, Anunciantes, AUTOCONTROL e IAB Spain. Esta colaboración multidisciplinaria garantiza un enfoque más completo y adecuado a las realidades del mercado.

Adaptación a las Directrices Europeas: Las Directrices 03/2022 se publicaron en febrero de 2023, orientadas especialmente a combatir patrones engañosos en redes sociales. Esta nueva versión de la Guía absorbe criterios esenciales del Comité Europeo, principalmente el que señala que las opciones de aceptar o rechazar cookies deben presentarse con claridad, destacándose en un formato y ubicación adecuados. No solo esto, sino que ambas acciones deben ser igual de accesibles, sin complicar el proceso de rechazo en comparación con el de aceptación. Además, la Guía se enriquece con ejemplos prácticos, detallando aspectos como el color, tamaño y posición de dichas opciones para una mejor comprensión.

Puntos Clave de la Actualización

  • Cookies de Personalización: Si el usuario selecciona preferencias como idioma o moneda, esas cookies se categorizan como técnicas y no requieren consentimiento. Sin embargo, si el editor decide sobre las personalizaciones basándose en información del usuario, debe notificar al usuario claramente y no puede utilizar estas cookies para otros fines.
  • Muros de Cookies: Aunque en versiones anteriores ya se especificaba que el acceso a un servicio no debería condicionarse a la aceptación de cookies, ahora se añade que, aunque pueda haber alternativas de acceso sin cookies, no necesariamente deben ser gratuitas.

Periodo de Transición: Se establece un periodo transitorio de seis meses para que todas las partes involucradas se adecuen a las nuevas pautas. Es decir, la fecha límite para la total implementación es el 11 de enero de 2024.

Es esencial para los propietarios y administradores de sitios web estar al tanto de estas modificaciones, adaptarse en tiempo y forma, y seguir trabajando en pro de una navegación más transparente y segura para todos los usuarios.

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